lunes, 9 de octubre de 2017

COMO OBTENER UNA RESIDENCIA EN NICARAGUA

Las personas extranjeras gozan de los mismos derechos y garantías individuales y sociales reconocidas para los nicaragüenses en la Constitución Política, los instrumentos internacionales de derechos humanos y en materia migratoria debidamente ratificados por Nicaragua, salvo las limitaciones que establecen la Constitución Política y las leyes de la República.

La ley No. 761 "Ley General de Migración y Extranjería" tiene por objeto fundamental regular el ingreso de las personas nacionales y extranjeras al territorio de la República de Nicaragua,y el regreso de él, así como la permanencia de las personas extranjeras en el país.

REQUISITOS:

Todos los documentos deben presentarse en idioma español. Cuando los documentos estén en otro idioma, deberán ser traducidos al español.

REQUISITOS COMUNES PARA OBTENER LA RESIDENCIA.

1. Formulario de Solicitud
2. Fotocopia de las paginas ocupadas del pasaporte, es decir todas aquellas paginas que tengan registrados sus últimos movimientos migratorios. Ademas fotocopia de la pagina del pasaporte donde aparece su información personal (Hoja de Biodatos).
3. Fotografías tamaño 4 1/2 de alto por 3 1/2 de ancho, tamaño pasaporte, fondo blanco, sin lentes, sin sombrero o gorra.
4. Certificado de nacimiento o de naturalización, emitido por autoridad competente de su país de origen.
5. Certificado de antecedentes penales emitido por autoridad competente del país de origen o de residencia de los últimos tres años o en su defecto el certificado de Interpol de Nicaragua. Los menores de 18 años están exentos de este requisito.
6. Certificado de salud emitido por autoridad competente de su país de residencia o de las  autoridades de salud de Nicaragua.
7. Excepcionalmente podrá solicitarse documentación complementaria para autorizar o denegar dicha solicitud, de no presentarla en el plazo otorgado, se archivaran las diligencias y el extranjero debera realizar el tramite nuevamente.
8. Deposito de garantía equivalente a boleto aéreo de regreso a su país de origen (países en Centroamérica se encuentran exentos de este deposito).

RESIDENTE INMIGRANTE CON CAPITAL O INVERSIONISTA.
Los ciudadanos extranjeros que pretendan radicarse en Nicaragua para desarrollar con su propio capital cualquier actividad económica que les permita vivir decorosamente y sin constituirse en una carga social o económica al Estado Nicaragüense, deben proveer:
*Certificado de Inscripción de inversión emitido por el Ministerio de Fomento Industria y Comercio.
*Copia certificada de la constitución de la empresa o declaración como comerciante inscrita en el registro mercantil.
*fotocopia de la matricula comercial de la Alcaldía y la Dirección General de Ingresos.

RESIDENTE CON CONTRATO DE TRABAJO
Los ciudadanos extranjeros calificados como científicos, profesionales, técnicos o especialistas que pretendan ser contratados por organismos públicos o privados, empresas nacionales o extranjeras, para realizar en el país trabajos de su especialidad, ademas de los requisitos comunes establecidos deberán proveer:
*Original de constancia de trabajo en la cual se detalle el cargo que desempeña el solicitante y el salario básico mensual que percibirá. Además deberá constar que el solicitante es trabajador activo de la empresa. Importante: La constancia de trabajo anteriormente mencionada deberá ser impresa en hoja membretada y con sello de la empresa para la cual labora el solicitante.
*Contrato de trabajo certificado por el Ministerio de Trabajo, una copia para adjuntar a la solicitud de la cédula de Residencia Temporal Nicaraguense.
*Original de escritura publica de carta de manutención la cual tiene que ser firmada por el representante legal de la sociedad o empleador que contrato como empleado al solicitante
*Títulos profesionales del solicitante
*fotocopia de cédula de identidad del representante legal de la sociedad o  empresa para la cual labora el solicitante.
*carta de solicitud de cédula de residencia temporal nicaragüense dirigida al director general de migración y extranjería.
*fotocopia certificada por notario publico de escritura publica de constitución y estatutos de la sociedad o empresa que contrato al solicitante.
*Cedula RUC actualizada de la empresa o sociedad para la cual labora el solicitante.
*fotocopia de la matricula actualizada emitida por la alcaldía municipal a favor de la sociedad o empresa para la cual labora el solicitante. Si hay solvencia municipal de IBI (impuestos sobre bienes inmuebles) adjuntar una copia.
*fotocopia certificada por notario publico del poder del representante legal de la sociedad o empresa para la cual labora el solicitante.
*original de escritura publica de carta de manutención del solicitante para su familia, cuando aplique.
*original de certificado de matrimonio y de nacimiento (en caso de que venga con su pareja e hijos)

RESIDENTE EMPRESARIO.
los ciudadanos extranjeros calificados como directivo, gerente, empresario o administrativo que sean trasladados del extranjero a Nicaragua por empresas nacionales o extranjeras, para asumir cargos específicos en las mismas, ademas de los requisitos comunes deberán proveer:
*fotocopia de escritura de constitución y estatutos de la empresa debidamente inscrita en el registro mercantil, certificada por notario.
*fotocopia de matricula comercial de la alcaldía correspondiente y dela dirección general de impuestos (DGI) vigentes.

RESIDENTE RETIRADO.
*Certificación del origen, monto anual o mensual de la pensión, jubilación o renta que percibe el solicitante, emitido por autoridad competente del país donde se origina la pensión, por el organismo internacional, empresa publica o privada en la que presto sus servicios o que la paga la pensión.
* resolución del instituto nicaragüense de turismo (INTUR) donde se ratifica la condición de jubilado o pensionado.

Puede comunicarse conmigo llamando o escribiendo al número (505) 68827078  ó   84984940.
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