Todos sabemos que las empresas de cobranza
suelen cobrar viejas deudas de manera agresiva, bravucona y hasta ofensiva,
llegando inclusive a contactar a sus usuarios en horas y días no hábiles y, de
manera ilegal, llegan incluso a contactar a los amigos y familiares del deudor,
aunque no tengan algo que ver con esa deuda.
Y
como, además, no conozco a ninguna institución que vigile las prácticas de
estos cobradores, no está de más que las personas aprendan a defenderse de
estos acosos, más cuando ya han habido casos de gente que se ha suicidado por
esos cobros.
Y desde
ya dejo claro que no se pretende que la gente no pague sus deudas: Si la deuda
es legítima la tienes que pagar, eso no es debatible. Mi objetivo es darte una
luz sobre quien es el ¨enemigo¨ (entiéndase cobradores) y como trabaja
para saber cómo de los cobros en cada
etapa en que se encuentra esa deuda, y no tener que aguantar ese insulto de
gente que, de hecho es igual a esos deudores que hostigan.
El enemigo: Empresas de cobranza:
Las empresas de cobranzas son Call Center que se enfocan en el cobro de deudas,
sean de origen bancario o comercial (como de las empresas que venden electrodomésticos
o de telefonía). La función de estas empresas de cobranza es llamar a los
deudores de sus clientes para que paguen. Lo que la empresa gana contratando a
estas casas de cobranzas es:
Como trabajan: en dos etapas: La pre jurídica y la jurídica.
Etapas del cobro de una deuda
El cobro de las deudas pasa por diferentes etapas, y así mismo es el
cobro de las mismas. Estas etapas son.
1. Pre jurídica: Esto ocurre
entre los 1 y 120 días de mora. En esta etapa, usted apenas está debiendo una
cuota, por lo cual en los primeros días llamarán de manera más o menos “educada”
para simplemente recordarle que debe ponerse al día. Durante este tiempo, es
probable que a usted lo reporten en centrales de riesgo. Se recomienda pagar en esta etapa si tiene el dinero.
Lo que no se
recomienda, por nada del mundo, es llegar a acuerdos de pago si no tiene con
qué cumplirlos o, en su defecto, si estos son acuerdos abusivos, es decir,
aquellos acuerdos que un deudor no puede cumplirlos aunque quiera hacerlo, El ejemplo clásico
es pagar las cuotas atrasadas para poder celebrar un acuerdo de pago, o el pago
de conceptos referentes a honorarios de cobranzas (así no se haya desarrollado
una acción de cobro significativa).
Si usted celebra esos acuerdos de pago, y no puede cumplirlos, las
próximas llamadas serán aún más agresivas, y corre el riesgo de que se haga
mucho más difícil celebrar acuerdos de pago posteriores.
2. Jurídica: Pasados los
120 días, dos cosas pueden pasar:
- La empresa a la cual usted le debe dinero
decidirá si la deuda es recuperable o no, en dependencia de las
circunstancias del deudor (si tiene ingresos fijos, si tiene bienes que
embargarles)
- Si la empresa a la cual usted le debe dinero
decide iniciar un proceso en su contra, las llamadas se harán más
intensas, y podrán provenir ya no de un call center sino de la oficina del
abogado que asignen a su caso. En este punto, a usted le van a cobrar no
sólo intereses corrientes y de mora, sino honorarios del abogado.
Si usted se encuentra en esta
etapa, es decir, ya sabe que le iniciaron un proceso jurídico, mis
recomendaciones son las siguientes:
- Si
puede pagar,
pero no todo aquello que le están pidiendo, revise la demanda y está de
acuerdo con lo que le cobran, entonces comience a consignar judicialmente
abonos parciales a la obligación. Esos abonos se los tendrán en cuenta al
momento de liquidar el crédito, y servirán para que la deuda baje
considerablemente con miras a que el abogado de su acreedor lo contacte
para llegar a un acuerdo de pago para el pago total de esa deuda con
descuento. Esto ocurre porque a la empresa no le conviene que ese dinero
se quede a estancado en la cuenta de la Corte Suprema de Justicia, dado
que tiene que seguir muchos trámites para poder recuperarlo, por lo que se
asegurarán que la demanda termine lo más pronto posible para poder
disponer de esa plata.
- Si
puede pagar,
pero no está de acuerdo con lo que le están cobrando: Haga lo mismo, pero
esta vez contrate a un abogado para que conteste la demanda por usted. En
este caso, el abogado hará todo lo posible para alargar el tiempo de la
demanda, tanto que su acreedor podrá ofrecer acuerdos de pago más
benéficos.
- Si
no puede pagar y no tiene bienes que le puedan embargar: Olvídese de esa demanda
hasta que tenga con qué pagar.
- Si
no puede pagar y le embargaron bienes. Entonces usted deberá contratar a un abogado
para que defienda sus intereses. Este es, sin dudas, el
peor escenario que un deudor en dificultades puede enfrentar y es el único
en el cual usted se tiene que tomar esas acciones de cobranza en serio. (a
menos que no le importe perder esos bienes que le embargaron).
Hay una tercera etapa, llamémosla Post
Juridica.
A esta etapa de cobro se llega cuando
no iniciaron ningún proceso jurídico, o han pasado años desde que usted se
constituyó en mora. Es aquí donde comienza lo bueno.
Cuando se llega a esta etapa de cobro, es muy probable que ocurran estas
cosas:
- A usted lo llamarán por temporadas.
- Las llamadas serán mucho más agresivas y
embusteras. Aquí es donde comenzarán a tratarlo a usted de delincuente, a
amenazarlo con ir a la cárcel si no paga , a llamar a sus familiares a
cobrarles esa deuda y, encima de todo, le dirán que su deuda aumentó a
niveles ridículos por cuenta de los intereses de mora.
En este caso, usted deberá considerar lo siguiente:
- En Nicaragua las deudas prescriben, lo que
significa que ya será imposible para su acreedor exigirle el pago de la
obligación por vía jurídica.
- Ningún acreedor ofrece rebajas tan
sustanciales de dinero porque sí, más cuando le están cobrando tanto
dinero como el que esas empresas le dirán que debe en esta etapa del
cobro.
- El
solo pago de una deuda tan vieja no es garantía de que lo vayan a retirar
inmediatamente de las centrales de riesgo.
En este orden de
ideas, NO SE RECOMIENDA QUE CELEBRE ACUERDOS DE PAGO CON ESTAS EMPRESAS, salvo
que estos refieran al pago total de las obligaciones con un buen descuento.
Por lo tanto, cuando esta gente lo llame, con su acostumbrada grosería,
lo que debes hacer es lo siguiente:
- Siempre deje claro que usted sólo llegará a
acuerdos de pago previa consulta con un abogado. Esto hará que ellos se
preocupen demasiado, dado que detestan que usted se informe sobre el
estatus actual de esa deuda.
- Si le
están enviando cartas donde lo amenazan con iniciar cobros jurídicos, en
donde le quitarán todos sus bienes, pues le informo que esas cartas son
formateadas: Se las mandan a gente como usted para meterles miedo, pero al
final no ejecutarán esa amenaza porque, sencillamente, no pueden hacerlo.
- Si cree que puede pagar, siempre ofrezca el
pago total de sólo el 20% del valor total que le están cobrando. Ejemplo:
Si a usted le están cobrando 100 mil córdobas, dígales que sólo tiene 20
mil córdobas para pago total. Al
principio no se los van a recibir, pero créame, lo harán. Esto se debe a
que su acreedor ya registró ese dinero como una pérdida por lo que ahora
todo lo que les entre será ganancia.
- Si siente que no puede pagar, o no quiere
hacerlo, simplemente diga que no va a pagar, ya que la deuda está
prescrita. En caso de que lo amenacen con demandas, simplemente espere a
ser notificado de la demanda y alegue la prescripción.
Además, si el fulano se identifica como abogado, pídale que se acredite,
es decir que le muestre su carné de abogado y déjele claro que si no es
abogado, está cometiendo un delito al identificarse como uno para cobrar una
deuda.
Para mayor información, puede escribirme o llamarme
al (505)68827078, o al email: osoriocompany007@gmail.com