Dos tipos de salarios
existen:
Salario Variable:
Se toman en cuenta:
a) Para el cálculo de las vacaciones e indemnización por
antigüedad: El promedio del salario de los últimos seis meses. Sumas el salario
de los últimos seis meses y a este resultado lo divides entre seis, ahí tienes
tu salario promedio de los últimos seis meses.
b)
Para el cálculo
del décimo tercer mes (conocido como aguinaldo): se toma en cuenta el salario más
alto de los últimos seis meses. Por ejemplo, si en el mes de Septiembre el
salario más alto, será en base a este salario que deberán pagarte tu décimo
tercer mes.
Salario Fijo
Para Trabajadores con Salario Fijo estas prestaciones se cancelarán en todos los casos, en base al último salario ordinario recibido según el artículo 78 CT.
EJEMPLO
DE CALCULO DE PRESTACIONES.
Juan ingreso a laborar a la empresa ¨Millonarios¨ el
día 16 de enero del 2016. Devengaba un salario mensual de 10000 (diez mil córdobas).
Fue despedido el día 30 de noviembre del 2016.
Ese es el caso, ahora lo primero que debe de hacerse
es calcular cuánto ganaba juan al día. Divido 10000 (diez mil córdobas) entre
30 días. Da un total de 333.33 córdobas al día.
Posteriormente se debe de calcular cuánto tiempo exactamente
trabajo Juan en la empresa.
En este caso Juan laboro exactamente diez meses y
catorce días.
Teniendo estos datos (salario diario y tiempo
laborado) procedemos a realizar los cálculos de las prestaciones laborales (vacaciones,
décimo tercer mes e indemnización por antigüedad)
Vacaciones: suponiendo que en todo
el tiempo laborado no le dieron ni un solo día a cuenta de vacaciones, de manera
que tiene acumulado 26.16 días (por cada mes trabajado acumulas 2.5 días de
vacaciones y también de décimo tercer mes; y por cada día trabajado acumulas
0.0833 días.) sabiendo esto, decimos: 10 (meses) por 2.5 días es igual a 25 días;
14 días por 0.0833 es igual a 1.16, sumo 25 + 1.16 y da un resultado de 26.16 días
acumulados.
Ahora multiplico 26.16 días acumulados por 333.33 córdobas
que gana al día Juan, da un total de 8,720 córdobas en concepto de vacaciones.
Cálculo del Décimo Tercer Mes: mismo procedimiento
que las vacaciones, de manera que da en este caso, el mismo resultado: 8720 córdobas.
Calculo de indemnización por antigüedad: en este
caso mismo procedimiento que los anteriores de manera que da en este caso, el
mismo resultado: 8720 córdobas.
Para un gran total de 26,160 córdobas
de liquidación.
Nota: el procedimiento puede variar
un poco en dependencia del tiempo laborado y de la variabilidad del salario.
Para mayor información puede llamarme o escribirme al (505) 68827078.
Visita mi pagina Web: https://osoriocompany007.wixsite.com/misitio
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